jueves, 31 de octubre de 2013

LISTADOS 108 A y B

Secretaría de Asuntos Docentes de Carlos Casares, por indicación de la Dirección de Gestión de Asuntos Docentes, comunica que por problemas técnicos de informática, no se encuentran procesados los Listados 108 A y B (complementario) y 108 A y B de Nivel Superior y Modalidad Artística Terciario. Por tal motivo la fecha de exposición de los mismos estará sujeta a nuevo aviso.

lunes, 21 de octubre de 2013

JUBILACIONES EJECUTIVAS

Desde el mes de agosto de 2011 se implementó en nuestro distrito, el Proyecto de Jubilación Ejecutiva. Hasta el momento se han jubilado mediante este sistema diecisiete (17) docentes y ocho (8) más lo harán al inicio del ciclo lectivo 2014.
La Jubilación Ejecutiva es un nuevo sistema de obtención del beneficio jubilatorio que garantiza al empleado el pago de su jubilación al mes siguiente de haber cobrado su último sueldo.
El sistema de Jubilación Ejecutiva consiste en la posibilidad que el docente solicite su trámite jubilatorio sin necesidad de apersonarse con su legajo de antecedentes y/o foja de servicios al Consejo Escolar, a la Dirección de Jubilaciones y Certificaciones de la Dirección General de Cultura y Educación ni al Instituto de Previsión Social.
En esta nueva modalidad, el docente debe iniciar su trámite jubilatorio con una antelación mínima de tres (3) y máxima de seis (6) meses, siendo que su cese de servicios debe ser a mes completo. Por lo expuesto, el docente puede cualquier día del mes concurrir a la S.A.D. para comenzar o finalizar su trámite, pero la fecha de cese o renuncia debe necesariamente ser el último día del mes en que recaiga la misma.

REQUISITOS
a) Poseer al menos los requisitos mínimos de edad y antigüedad establecidos actualmente en el Decreto Ley 9650/80 (texto ordenado por Decreto 600/94), debiéndose tener presente que las licencias sin sueldo usufructuadas durante la carrera docente, descuentan antigüedad.
b) Todos los servicios desempeñados deben ser puros en la Provincia de Buenos Aires, exclusivamente en establecimientos oficiales de la D.G.C.yE.
c) No haber iniciado el trámite jubilatorio por otros sistemas (Cierre de Cómputos, Jubilación Automática Docente, Jubilación Ordinaria, etc.).

Por el momento quedan excluidos:
  • Docentes transferidos.
  • Docentes que se desempeñaron en cargos que durante su carrera docente combinen desempeños mixtos entre la docencia estatal, con docencia privada (DIPREGEP, SNEP) u otras jurisdicciones.
TRÁMITE
  • El docente concurre a la Secretaría de Asuntos Docentes y manifiesta su voluntad de acogerse al beneficio jubilatorio. Allí se lo habilita para ingresar al sistema de Jubilación Ejecutiva.
  • Una vez habilitado,  el docente cumplimenta desde su hogar, o desde cualquier equipo con conectividad de Internet, su Declaración Jurada de Servicios mediante la web.
  • Finalmente regresa a la SAD a rubricar su renuncia.
Para mayor información , puede concurrir a la sede de la Secretaría, consultar el sitio

viernes, 18 de octubre de 2013

TITULARIZACIÓN RES. 798/13

Secretaría de Asuntos Docentes comunica que, de acuerdo a la Res. 798/13, Disp. 235/13 y Acuerdo Paritario del 19-09-2011, podrán obtener el beneficio de la TITULARIZACIÓN aquellos docentes de establecimientos educativos de Gestión Estatal No Conveniados que hubieren pertenecido a las Plantas Orgánico Funcionales  aprobadas al 31/12/ 2010, con desempeño en:
  • Horas Cátedra/horas reloj (módulos) de las Ex Ofertas Curriculares  Complementarias (OCC).
  • Horas Cátedra/horas reloj (módulos) de Trayectos Técnicos Profesionales (TTP).
  • Horas Cátedra/horas reloj (módulos) de Trayectos Pre-profesionales (TpP).
  • Horas Cátedra/horas reloj (módulos) de Trayectos Artístico Profesionales (TAP).
  • Cargos de base, horas cátedra/reloj (módulos) de los docentes con desempeño en los Ex Polivalentes de Arte, actuales Escuelas de Educación Secundaria de Arte.
  • Horas cátedra/reloj (módulos) de Taller de las Escuelas de Doble Escolaridad del Nivel Primario.
  • Cargos de Maestro de Ciclo  Complementario de Educación de Adultos y Cargos de base/ horas cátedra/módulos de los Centros de Educación del Nivel Secundario de Adultos.(CENS) 
- Aquellos docentes comprendidos en esta normativa, que hayan sido desplazados por acciones estatutarias a partir del año 2011 podrán titularizar y serán reubicados en un cargo de base equivalente del que fueron desplazados y de acuerdo al orden de mérito, siempre que no se le genere incompatibilidad horaria o se afecte su unidad familiar.
- Aquellos docentes que hubieran sido reasignados como provisional en otro establecimiento en idéntico cargo al que poseía serán titularizados en el destino donde se encuentre prestando servicios.

 REQUISITOS:
a) Desempeño al 31/12/10 con continuidad en los cargos de base, horas cátedra/reloj (módulos)  citados y la certificación  de tres (3) años de antigüedad.
b) No haber obtenido el beneficio jubilatorio.
c) No podrá acumular  más de la carga horaria prevista en la normativa vigente, ni generar incompatibilidad funcional
d) Poseer en las últimas dos (2) calificaciones por desempeño en los cargos de base, horas cátedra/reloj (módulos)  a titularizar  un concepto no inferior a seis (6) puntos.

CRONOGRAMA DE ACCIONES 1ª ETAPA
  • Hasta el 28/10/13: Difusión y notificación por parte de las Secretarías de Asuntos Docentes del contenido de la Resolución Nº 798/13
  • Del 29/10/13 al 04/11/13: Notificación en los establecimientos al personal involucrado en la Resolución
  • Del 05/11/13 al 18/11/13: Presentación de las Declaraciones Juradas en la Dirección de los Servicios Educativos
  • 19/11/13: Elevación por parte de los Servicios Educativos a las Secretarías de Asuntos Docentes de las Solicitudes de inscripción
Los docentes deberán completar PLANILLA DE DECLARACIÓN JURADA DE SOLICITUD DE TITULARIZACIÓN (Anexo I de la Disp. 235/13) en original y una copia. 
Descargar Anexo I (anverso - reverso)

EMERGENCIA HISTORIA - NIVEL SECUNDARIO


Esta Secretaría, llama a inscripción de Emergencia para la conformación de listado para la cobertura de módulos de HISTORIA de 2º, 4º y 5º año de Educación Secundaria en la Escuela Secundaria Nº 1 Anexo Moctezuma y Escuela Secundaria Nº 2 Bellocq

CONDICIONES DEL ASPIRANTE:
  • Ítem 1: Título docente habilitante. Título específico de nivel terciario o universitario con capacitación docente habilitado para las horas/módulos a las que aspira y que hubiera obtenido los beneficios jubilatorios en esta u otras ramas.
  • Ítem 2: Título específico de nivel terciario o universitario sin capacitación docente, habilitado para las horas/módulos a las que aspira y que hubiera obtenido los beneficios jubilatorios en esta u otras ramas.
  • Ítem 3: Aspirante con Título Técnico específico de nivel secundario, con título o capacitación docente acreditada, para el dictado de espacios curriculares, con desempeño efectivo no inferior a un ciclo lectivo dentro de los últimos cinco años.
  • Ítem 4: Alumnos regulares con el 75% o mas de materias aprobadas en carreras que otorgan títulos docentes habilitantes, o títulos específicos de nivel terciario o universitario con capacitación docente, excepto cursos de postgrado y que hubieran obtenido los beneficios jubilatorios en esta u otras ramas.
  • Ítem 5: Alumnos regulares con el 50% al 74% de materias aprobadas en carreras que otorgan títulos docentes habilitantes, o títulos específicos de nivel terciario o universitario con capacitación docente, excepto cursos de postgrado y que hubieran obtenido los beneficios jubilatorios en esta u otras ramas.
  • Ítem 6 Alumnos regulares con el 25% al 49% de materias aprobadas en carreras que otorgan títulos docentes habilitantes, excepto cursos de postgrado
  • Ítem 7: Alumnos regulares con el 25% al 49% de materias aprobadas en carreras que otorgan títulos docentes habilitantes, excepto cursos de postgrado y que se hubieran acogido a los beneficios jubilatorios.
  • Ítem 8: Alumnos regulares con el 25% al 49% de materias aprobadas en carreras que otorgan títulos de formación específica de nivel terciario o universitario.
  • Ítem 9: Alumnos regulares con el 25% al 49% de materias aprobadas en carreras que otorgan títulos de formación específica de nivel terciario o universitario y que hubieran obtenido los beneficios jubilatorios.

 DIFUSION e INSCRIPCIÓN:  Desde el 21/10 al 25/10/13

miércoles, 16 de octubre de 2013

SERVICIOS PROVISORIOS 2014

Secretaría de Asuntos Docentes comunica a todo el personal titular que por RESOLUCIÓN Nº 56/13 -  Calendario de Actividades Docentes 2013 se establece que a partir del 01/10/2013 comienza el período de recepción de nuevas solicitudes y renovación de servicios provisorios para el año 2014.
Se recuerda que podrán solicitar  Servicios Provisorios los docentes titulares que acrediten las causales y condiciones que determina el art. 103°, siguientes y concordantes de la Ley 10.579 y su Reglamentación.
Descargar FORMULARIO SP1

INSCRIPCIÓN LISTADOS FORMACIÓN PROFESIONAL

Secretaría de Asuntos Docentes comunica que según Resolución N° 56/13 Calendario de Actividades Docentes 2013 y según Disposiciones Nº 316/06, Nº 12/07, Nº 52/10 se llama a Inscripción de Instructores de Formación Profesional (Incluidos Pañoleros y Preceptores) para provisionalidades y suplencias 2014.
La misma se llevará a cabo en sede de la Secretaría de Asuntos Docentes desde el 14 de octubre al 7 de noviembre del corriente año.

REQUISITOS:
  • Poseer certificado de Instructor para la Formación Profesional en la especialidad en la que se inscribe
  • Haber cumplido 21 años al momento de la Inscripción (Res. 68/07)
  • Presentar fotocopia de las dos primeras hojas del DNI o anverso y reverso de la tarjeta
  • También podrán inscribirse en este listado, los instructores cuyo certificado no coincida con la especialidad solicitada y que presente constancia de un CFP de gestión estatal dependiente de la DGCyE, propio o conveniado.

DOCUMENTACIÓN:
Los aspirantes deberán presentar carpeta con:
  • La planilla de inscripción por duplicado; obrante como ANEXO II en la Disp. 316/06;
  • Documentación debidamente registrada y autenticada que acredite la información declarada
  • Deberán completar una planilla por cada especialidad y/o cargo en la que se inscriban, respetando la nomina única de especialidades vigentes y resoluciones complementarias s/diseños curriculares de la modalidad.
  • En listado complementario podrán considerarse especialidades fuera de la nómina antedicha solo si están certificadas en cursos de Formación de Instructores (de acuerdo a la Disposiciones 316/06 y 52/10)
Descargar Planilla de Inscripción (anverso y reverso)

viernes, 11 de octubre de 2013

COBERTURA POR PROYECTO

Secretaría de Asuntos Docentes llama a inscripción para la cobertura por PROYECTO, Resolución 740 en la Escuela de Educación Secundaria Nº 3, de horas especializadas de 3º año del Bachillerato para Adultos (suplentes) turno tarde y turno noche:
  • ADMINISTRACIÓN CONTABLE A TRAVÉS DE LA INFORMÁTICA.
DIFUSIÓN Y PRESENTACIÓN DE PROYECTO: Desde 10/10/13 al 18/10/12

martes, 8 de octubre de 2013

MAD 2013 - 2014

Secretaría de Asuntos Docentes comunica a los docentes titulares del distrito que han solicitado MAD 2013-2014 que desde el 7 al 21 de octubre del cte. año deberán concurrir a esta Secretaría a efectos de Notificación del Tratamiento de MAD (Primera y Segunda Vuelta) y Recepción de eventuales Reclamos.