viernes, 18 de octubre de 2013

TITULARIZACIÓN RES. 798/13

Secretaría de Asuntos Docentes comunica que, de acuerdo a la Res. 798/13, Disp. 235/13 y Acuerdo Paritario del 19-09-2011, podrán obtener el beneficio de la TITULARIZACIÓN aquellos docentes de establecimientos educativos de Gestión Estatal No Conveniados que hubieren pertenecido a las Plantas Orgánico Funcionales  aprobadas al 31/12/ 2010, con desempeño en:
  • Horas Cátedra/horas reloj (módulos) de las Ex Ofertas Curriculares  Complementarias (OCC).
  • Horas Cátedra/horas reloj (módulos) de Trayectos Técnicos Profesionales (TTP).
  • Horas Cátedra/horas reloj (módulos) de Trayectos Pre-profesionales (TpP).
  • Horas Cátedra/horas reloj (módulos) de Trayectos Artístico Profesionales (TAP).
  • Cargos de base, horas cátedra/reloj (módulos) de los docentes con desempeño en los Ex Polivalentes de Arte, actuales Escuelas de Educación Secundaria de Arte.
  • Horas cátedra/reloj (módulos) de Taller de las Escuelas de Doble Escolaridad del Nivel Primario.
  • Cargos de Maestro de Ciclo  Complementario de Educación de Adultos y Cargos de base/ horas cátedra/módulos de los Centros de Educación del Nivel Secundario de Adultos.(CENS) 
- Aquellos docentes comprendidos en esta normativa, que hayan sido desplazados por acciones estatutarias a partir del año 2011 podrán titularizar y serán reubicados en un cargo de base equivalente del que fueron desplazados y de acuerdo al orden de mérito, siempre que no se le genere incompatibilidad horaria o se afecte su unidad familiar.
- Aquellos docentes que hubieran sido reasignados como provisional en otro establecimiento en idéntico cargo al que poseía serán titularizados en el destino donde se encuentre prestando servicios.

 REQUISITOS:
a) Desempeño al 31/12/10 con continuidad en los cargos de base, horas cátedra/reloj (módulos)  citados y la certificación  de tres (3) años de antigüedad.
b) No haber obtenido el beneficio jubilatorio.
c) No podrá acumular  más de la carga horaria prevista en la normativa vigente, ni generar incompatibilidad funcional
d) Poseer en las últimas dos (2) calificaciones por desempeño en los cargos de base, horas cátedra/reloj (módulos)  a titularizar  un concepto no inferior a seis (6) puntos.

CRONOGRAMA DE ACCIONES 1ª ETAPA
  • Hasta el 28/10/13: Difusión y notificación por parte de las Secretarías de Asuntos Docentes del contenido de la Resolución Nº 798/13
  • Del 29/10/13 al 04/11/13: Notificación en los establecimientos al personal involucrado en la Resolución
  • Del 05/11/13 al 18/11/13: Presentación de las Declaraciones Juradas en la Dirección de los Servicios Educativos
  • 19/11/13: Elevación por parte de los Servicios Educativos a las Secretarías de Asuntos Docentes de las Solicitudes de inscripción
Los docentes deberán completar PLANILLA DE DECLARACIÓN JURADA DE SOLICITUD DE TITULARIZACIÓN (Anexo I de la Disp. 235/13) en original y una copia. 
Descargar Anexo I (anverso - reverso)

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Gracias por comunicarte con la S.A.D Carlos Casares

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