Secretaría de
Asuntos Docentes comunica que por RESFC-2019-88-GDEBA-DGCYE- Calendario de
Actividades Docentes 2019-, desde el día 1 al 15 de noviembre del
corriente año, se llevará a cabo la Calificación Anual Docente
2019, enmarcada en los Artículos 65,127 y 129 de la Ley 10579 y
sus reglamentaciones, Decretos Reglamentarios 2485/92 y 441/93 y Resolución
7612/98.
Los Equipos Directivos
de cada Establecimiento deberán realizar la carga de la Calificación
Anual Docente 2019 en el Programa de Designaciones y Desempeños (PDD)
utilizando para este proceso estatutario el botón CAD. Al finalizar dicha carga,
se podrá imprimir la "Planilla Resumen de Calificaciones 2019”.
La Secretaria de Asuntos Docentes será la responsable de la carga
de calificación de Cargos Jerárquicos y personal de los Organismos
Descentralizados.
Período de Calificación: 16/11/18 al 15/11/19
Calificación y notificación (SET 4): desde el 1° hasta el 15 de
noviembre.
Período de carga de calificaciones en PDD: desde el 1° de
noviembre hasta el 6 de diciembre
Período de generación de planilla resumen de
Calificación Anual Docente 2019: desde el 15 al 30 de
noviembre
Observaciones: La Planilla Resumen de Calificación Anual Docente podrá ser regenerada
y se podrá notificar hasta el 30 de noviembre.
CRONOGRAMA DE ENTREGA EN SAD:
· Al 18/11/2019: SET 4 de Titulares
Interinos (uno), con Planilla Resumen por Servicio Educativo con datos
correspondientes a TI 2019. Se adjunta formulario a cumplimentar.
Asimismo se solicita la entrega de un SET 4 correspondiente a los cargos
jerárquicos del establecimiento para la carga en PDD.
· Al 06 /12/2019: Planillas resumen,
generada desde el PDD con firmas en original
A partir del 09/12/2019: Comienza el período de Recepción de
reclamos de Calificación Anual Docente 2019 en el marco del Estatuto del
Docente y su Reglamentación y la Resolución N° 4185/11.
ASPECTOS A TENER EN CUENTA:
Docentes con condiciones de calificar:
Los docentes Titulares, Titulares Interinos, Provisionales y
Suplentes con desempeño efectivo durante el ciclo lectivo 2019.
· Titulares,
provisionales y suplentes: desempeño efectivo no menor de treinta (30) días
corridos.
· Titulares Interinos: desempeño efectivo
no menor de tres (3) meses corridos de prestación de servicios.
Res.7612 del 30/12/1998
Artículo 1°.- Definir al desempeño efectivo, con relación a los
artículos 65 y 127 de la Ley 10.579 y su reglamentación, como aquel
en el que un docente se encuentra a cargo de su función sin que sea reemplazado
por un suplente.
Artículo 2°.- Determinar que cuando el docente que debe ser calificado,
haya hecho uso de una licencia por plazo menor a cinco días sin que sea
necesario su reemplazo por otro, podrá considerarse como "corrido".-
Artículo 3°.- Establecer que la suma de desempeño en un año que resulte
mayor al 50% de los días hábiles, son evaluables a efectos de la calificación.
–
Causales para no ser calificado o de inhibición
para calificar:
Ley 10579, y su reglamentación Artículos 130 y 131.
· ART 130 a : investigación
presumarial o sumario sin resolución
· ART 130 b : no cumplir con
el lapso de desempeño mínimo requerido
· ART 131 a) ,
b), c), d) y e)
Consideraciones específicas:
Situaciones de calificación de docentes con desempeño transitorio en
otro cargo y/o Institución distinta del cargo base titular:
· Funciones
transitorias en Cargos Jerárquicos,
· Servicios
Provisorios,
· Cambio de Funciones,
· Recalificación por
ART
· Reubicación
Transitoria.
IMPORTANTE: Estas situaciones deberán ser
informadas PREVIAMENTE en PDD 2019
(CAMBIO DE FUNCIÓN) en el campo Observaciones correspondiente al cargo
base y en el que corresponde al desempeño transitorio, se consignará la
respectiva aclaración.
· En el Desempeño
Transitorio:
La institución Educativa u Organismo donde se desempeñen las funciones
jerárquicas transitorias con situación de revista suplente o provisional,
Servicios Provisorios, Cambio de Funciones, Recalificación por ART o
Reubicación Transitoria, se consignará al docente y la calificación obtenida.
En el campo observaciones: Se indicará el
cargo base relevado y N° de Disposición en el caso de las Funciones Jerárquicas
Transitorias.
· En el Cargo de base:
En la Institución Educativa u Organismo donde se halle el
cargo base relevado, el agente calificador incluirá al docente en la planilla
consignando el cargo de base, con la calificación obtenida en las funciones
jerárquicas transitorias, Servicio Provisorio, Cambio de Funciones, Recalificación
por ART o Reubicación transitoria.
En el campo Observaciones: Se indicará que
la calificación fue obtenida en el desempeño transitorio por el que se
encuentra relevado por las causales estatutarias referidas, ya sea en la misma
u otra Institución del mismo o distinto distrito.
Asimismo, se informa que los Instructivos para consulta se encuentran
publicados en el Portal Servado (PDD) de la página abc y en el blog de
SAD.