Secretaría de Asuntos Docentes comunica que: El Puntaje Anual Docente (PAD) 2023, se visualizará en la Página ABC (www.abc.gob.ar) ingresando al Espacio Web SERVADO PAD, desde el 8 de mayo de 2023 hasta el 22 de mayo 2023 a las 12 Hs.
Durante el período establecido, los/las docentes deberán ingresar con el usuario de ABC – SERVICIOS para validar su identidad. En el espacio web SERVADO PAD, podrán visualizar el PAD 2023 y de ese modo se dará por notificado del mismo.
La acción de verificar el PAD 2023 es obligatoria para todos/as los/lasdocentes titulares de la gestión estatal que pertenecen al sistema educativo de la Provincia de Buenos Aires dependiente de la DGCyE.
Visualizado el PAD 2023 en el portal ABC, el/la docente podrá hacer uso del derecho a recurrir el puntaje cuando se encuentre disconforme con el PAD notificado o en caso de verificar alguna omisión del mismo. Podrá, entonces, desde el mismo Espacio Web, manifestar su disconformidad mediante el botón denominado RECURRIR PUNTAJE, quedando el mismo identificado como RECURRIDO en el SERVADO PAD.
A los fines de interponer el recurso, el/la docente, deberá enviar el mismo vía correo electrónico a la SAD de cada distrito (cuenta @abc) donde deberá tramitar el recurso por PAD 2023.
En caso de corresponder a la SAD de Carlos Casares, el correo disponible para tal fin es: pad2020sad017@abc.gob.ar
En el cuerpo del correo electrónico, deberá indicar con claridad el motivo de la disconformidad y será necesario que adjunte la planilla de reclamo PAD 2023, (podrá descargarse desde SERVICIOS ABC) junto a las probanzas -digitalizadas- que respalden su petición, a fin de que sean consideradas, conforme lo establece la Ley 10579, Cap. X y el artículo 52° del Decreto 2485/92 modificado Decreto 441/95.
La respuesta al recurso, será notificada al/la docente mediante el envío de un correo electrónico a la casilla @abc. Asimismo, se publicará la rectificación del PAD que eventualmente corresponda, en el Espacio Web SERVADO PAD donde podrá ir verificando el PAD rectificado.
En caso de que el/la docente continúe en disconformidad se obrará de acuerdo a lo establecido en la Ley 10579, Cap. XXIV.
CRONOGRAMA
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Gracias por comunicarte con la S.A.D Carlos Casares
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