SECRETARÍA DE ASUNTOS DOCENTES informa que, a los efectos de las REUBICACIONES DEFINITIVAS de los docentes en situación de disponibilidad, se procederá, de acuerdo a lo indicado por Dirección de Gestión de Asuntos Docentes y Dirección de Tribunales de Clasificación, al ofrecimiento de la totalidad de las vacantes existentes en establecimientos de Gestión Estatal no Conveniados, sin tener en cuenta las exclusiones establecidas en la Disposición N º 220/12 de la Dirección de Tribunales de Clasificación, debiendo realizarlas de conformidad al procedimiento establecido en el artículo 21 y concordantes de la Ley N º 10579 y su Reglamentación. En ese sentido, los cupos de vacantes para el Movimiento Anual Docente y Acrecentamiento 2013/2014 deberán adecuarse una vez realizadas dichas Reubicaciones Definitivas, respetando el Cronograma estipulado en el Anexo 1 de la Disposición N º 114/13 de la Dirección de Tribunales de Clasificación.
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Gracias por comunicarte con la S.A.D Carlos Casares
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